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Corporate compliance

La Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio, introdujo en España la responsabilidad penal directa de las personas jurídicas, por actuaciones delictivas cometidas por representantes legales y administradores en nombre y beneficio de aquéllas, o por trabajadores sobre los que no se ha ejercido el debido control. En este nuevo marco legal, las empresas, de cualquier dimensión, se ven obligadas a implantar programas de prevención penal eficaces, a fin de controlar los riesgos de su organización y evitar la comisión de delitos.

Un programa de prevención penal efectivo podrá:
- Evitar delitos
- Evitar la imputación y la condena penal de la empresa
- Evitar la imputación y la condena penal de sus administradores y directivos
- Servir para una mejor integración de todos los empleados en la empresa

Nuestro servicio de compliance analiza las características específicas de la empresa, aconseja acerca de la mejor forma de organizar el programa de complimiento elaborando un sistema de prevención de riesgos penales real y efectivo y asesora en la confección, implantación y desarrollo de políticas y procesos de prevención adaptados a la actividad y nivel de riesgo de la empresa.

Servicios:
- Compliance penal. Asistencia en la elaboración, implantación y validación de sistemas deprevención de delitos.
- Compliance legal. Prevención de riesgos laborales, protección de datos, blanqueo de capitales.
- Revisión de modelos de cumplimiento ya implementados.
- Definición de las atribuciones y composición del órgano interno de control (compliance officer) de la empresa.
- Asistencia al compliance officer en las labores de revisión continúa de la eficacia de los sistemas de compliance, para su constante actualización y adecuación a las circunstancias de la empresa.
- Corporatedefense: asistencia jurídica en los procesos que puedan iniciarse.